Auto Supremo AS/0471/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0471/2012

Fecha: 20-Nov-2012

Que, el a quo vulneró sus derechos al limitarse tomar en cuenta simplemente las notificaciones,

Que, el a quo vulneró sus derechos al limitarse tomar en cuenta simplemente las notificaciones, sin tomar en cuenta a quién se notificó y con qué actuados, desconociendo si se cumplió a cabalidad con lo establecido en el artículo 83 de la Ley Nº 2492. Por su parte el ad quem sin realizar una debida valoración de la apelación confirmó la sentencia dando a entender que se hubiera tomado conocimiento de las Resoluciones Impugnadas a momento de haber sido notificados con el Título de Ejecución Tributaria Nº 1216/05 de 7/11/2005 y Nº 1213/05 de la misma fecha que el anterior, lo que no es evidente por haberse notificado a Antonio Alfaro Pilares y no así a Blas Pacífico Riveros como representante legal de la empresa, por tanto dicho acto administrativo es nulo de pleno derecho, porque si hubiese tenido conocimiento hubiera presentado los descargos correspondientes para desvirtuar lo pretendido por la Administración Tributaria o hacer uso de algún recurso franqueado por ley; por consiguiente al haberse negado dar a conocer personalmente el hecho sancionador no puede haber término que perjudique por no haberse garantizado el derecho a la defensa, conforme lo establecen las SS CC Nº 0136/2003.R, 1842/2003-R 0887/2005-R