Auto Supremo AS/0361/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0361/2012

Fecha: 04-Dic-2012

b) Que en la Sentencia apelada y dentro del primer hecho probado de oficio el

b) Que en la Sentencia apelada y dentro del primer hecho probado de oficio el Tribunal de Sentencia transforma a los peritos ofrecidos, en testigos de cargo valorando la declaración de las profesionales, Médico Forense además de la Trabajadora Social y la Psicóloga ambas de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, siendo que en su momento tanto la Fiscalía como la acusación particular ofrecieron testigos y peritos, por lo que ni los testigos pueden ser peritos, ni los peritos pueden ser testigos, dado que los peritos son profesionales en una rama de manera científica, y los testigos son personas que presenciaron hechos. Por otra parte vuelve a reiterar la existencia de contradicción en la declaración de la víctima Carla Lorena Vargas Quiroga y la Sra. Claudia Marilin Quiroga Gonzáles y cuestiona los testimonios de la Médico Forense y de la Psicóloga y la Trabajadora Social de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia