Auto Supremo AS/0361/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0361/2012

Fecha: 04-Dic-2012

III

III. Por otra parte el recurrente señala que el Tribunal Supremo debe considerar el Auto Supremo Nro. 317 de 13 de junio de 2003, la resolución de amparo constitucional Nro. 593/2004 de 22 de abril de 2004, vinculante a la Sentencia Constitucional Nro 0600/2003-R de 6 de mayo en relación al art. 15 de la Ley de Organización Judicial, hoy art. 17-I de la Ley Nro. 025, sin embargo estas normas son citadas para reforzar su pretensión jurídica; toda vez, que las resoluciones de amparos constitucionales así como las Sentencias Constitucionales no se constituyen en precedentes contradictorios, al tenor de lo establecido por el art. 416 del Código de Procedimiento Penal, que considera como únicos precedentes contradictorios a aquellos emanados por las Cortes Superiores de Justicia ahora Tribunales Departamentales de Justicia y las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia ahora Tribunal Supremo de Justicia,, en cuanto al Auto Supremo este simplemente fue citado incumpliendo con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo arriba señalado