Auto Supremo AS/0364/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0364/2012

Fecha: 03-Dic-2012

Que, contra el referido Auto de Vista, Grover Villanueva Tapia, en representación del Lloyd Aéreo


Que, contra el referido Auto de Vista, Grover Villanueva Tapia, en representación del Lloyd Aéreo Boliviano S.A., interpuso recurso de casación y/o nulidad, en el que señala los siguientes argumentos:

Inicia el memorial acusando la valoración e interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, así como de la prueba aportada en el proceso, en relación con los incisos 1) y 3) del artículo 253 del Código de Procedimiento Civil, ya que el retiro indirecto se encuentra normado por el Decreto Supremo de 9 de marzo de 1937 y no se encuentra contemplada la figura de retiro por dicha causal ante la falta de pago oportuno de salarios. Agrega que ese es el sentido en que dispone el artículo 228 de la Constitución Política del Estado, no pudiendo aplicarse el criterio doctrinal expresado "...bajo pretexto de que existe doctrina de un autor de derecho laboral al respecto..."

Añade que lo señalado previamente, se aplica también respecto de la multa prevista en el Decreto Supremo Nº 28699, correspondiendo dejar sin efecto dicha sanción, ya que por otra parte, los actores no han acompañado prueba que advierta que el Ministerio de Trabajo hubiese aprobado el Reglamento específico que respalde los procedimientos establecidos de conformidad con lo dispuesto por el artículo 13 del mencionado Decreto Supremo