Auto Supremo AS/0399/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0399/2012

Fecha: 18-Dic-2012

Por último, se debe indicar que los recurrentes al solicitar en su petitorio se "revoque"


Por último, se debe indicar que los recurrentes al solicitar en su petitorio se "revoque" el Auto de Vista, no consideraron que esta figura no se encuentra contemplada dentro de las formas de resolución señaladas por el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil para un recurso de casación, por lo que el recurso de fojas 608 a 609 carece de precisión jurídica en su petición