Auto Supremo AS/0508/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0508/2012

Fecha: 14-Dic-2012

La Formal, supone que una Sentencia es firme como consecuencia de su inimpugnabilidad intra proceso,

Doctrinalmente se distingue entre cosa juzgada formal y cosa juzgada material.
La Formal, supone que una Sentencia es firme como consecuencia de su inimpugnabilidad intra proceso, es decir cuando no hay posibilidad de ser recurrida, es la que se genera por el agotamiento o la improcedencia de recursos en su contra, tiene carácter limitado, pues sus efectos se refieren al interior del proceso pero pueden desaparecer en un proceso distinto a aquel en el que se originó, ejemplo la calidad de cosa juzgada formal que adquiere la Sentencia dictada en un proceso ejecutivo, que puede ser revisada a través de un proceso ordinario