Auto Supremo AS/0508/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0508/2012

Fecha: 14-Dic-2012

Por las razones expuestas, no siendo evidentes los agravios formulados por el recurrente, corresponde fallar

Por las razones expuestas, no siendo evidentes los agravios formulados por el recurrente, corresponde fallar en la forma prevista por el art. 271 inc. 2) del Código de Procedimiento Civil