Auto Supremo AS/0509/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0509/2012

Fecha: 14-Dic-2012

b) Referente a la prescripción del subsidio de lactancia: De la revisión de obrados se

b) Referente a la prescripción del subsidio de lactancia: De la revisión de obrados se observa que si bien el demandado en su recurso de casación cursante a fs. 174-176 alega la prescripción contenida en el artículo 536 del Reglamento del Código de Seguridad Social que señala: "La acción del asegurado para reclamar el subsidio de lactancia prescribe al año de nacido el hijo por quien se otorga el derecho....."; sin embargo, dicha norma no fue invocada en el memorial de recurso de apelación cursante a fs. 150-151, en el cual se alega la prescripción regulada por el artículo 120 de la Ley General del Trabajo, siendo así que inclusive la respuesta a la demanda que cursa a fs. 29-30 opone excepción de prescripción basada en el artículo 120 de la Ley General del Trabajo; concluyendo que los de instancia sólo han tenido la posibilidad de pronunciarse respecto a la prescripción regulada en dicho artículo conforme ha sido solicitado por la parte demandada, no así sobre lo dispuesto por el artículo 536 del Reglamento del Código de Seguridad Social; más cuando el Tribunal de apelación tiene la obligación de pronunciarse con la pertinencia prevista en el artículo 236 del Código de Procedimiento Civil, es decir, respecto a los agravios que hubiesen sido objeto de apelación con la cita apropiada de la norma legal que el recurrente considera vulnerada en la Sentencia, situación que no se ha dado en el caso de examen, lo que impide a este Tribunal ingresar en mayor análisis al respecto, en aplicación de los artículos 3. e) y 57 del Código Procesal del Trabajo