POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad que le confiere el artículo 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de fs. 174-176. Sin costas en aplicación del artículo 39 de la ley 1178 de 20 de julio de 1990 (SAFCO) y artículo 52 del Decreto Supremo Nº 23215 de 22 de julio de 1992
- Que tramitado el proceso por inamovilidad laboral y subsidios de lactancia, el Juez Cuarto de
- 1.2 Fundamentos del recurso de casación
- Prescripción del subsidio de lactancia: Señalando que la actora no observó lo previsto por el
- Denuncia en ese sentido, inobservancia de las normas descritas, además de violación de los principios
- Concluye señalando que interpone el recurso de casación en el fondo en contra del Auto
- 2.1 Fundamentación técnico jurídica
- b) Referente a la prescripción del subsidio de lactancia: De la revisión de obrados se
- c) No concurrencia de la inamovilidad: De similar manera a lo expuesto precedentemente, este punto
- Bajo dicho análisis se puede establecer con claridad que no son evidentes las violaciones denunciadas
- Por lo relacionado, corresponde resolver el recurso en la forma que prevén los artículos 271
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
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