Auto Supremo AS/0510/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0510/2012

Fecha: 17-Dic-2012

Por otro lado y conforme a lo dispuesto en los artículos 158 y 162 de

Por otro lado y conforme a lo dispuesto en los artículos 158 y 162 de la Constitución Política del Estado (abrogada), vigente al inicio del presente proceso, los derechos sociales son irrenunciables, siendo obligación del Estado defender el capital humano, protegiendo la salud de la población, asegurando la continuidad de sus medios de subsistencia, rehabilitación y mejorando las condiciones de vida del grupo familiar, cuyos regímenes de seguridad social se inspiran en los principios de universalidad, solidaridad, unidad de gestión económica, oportunidad y eficacia; principios que se ratifican en los artículos 35.I y 45. II y IV, de la actual Constitución Política del Estado, garantizando el derecho a la jubilación con carácter universal solidario y equitativo