Por lo anterior en su petitorio solicita que se case el Auto de Vista Nº
Por lo anterior en su petitorio solicita que se case el Auto de Vista Nº 205/2012 de 25 de mayo 2012 y por consiguiente la resolución Nº 18/2011
- Auto Supremo: 528/2012
- Expediente: LP-120-12-S
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Que, deducida la apelación por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, el Ad
- En conocimiento de la determinación adoptada por el Tribunal de Alzada, el demandante interpuso recurso
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Por otra parte señala que tanto el A quo como el Ad quem han aplicado
- Por lo anterior en su petitorio solicita que se case el Auto de Vista Nº
- A los fines de la presente resolución y conforme se tiene interpuesta la tercería incoada
- así para excluir el Manzano Nº 26 de la Urbanización citada; por lo que este
- Que, dentro la particularidad de la Ley 2372 (modificada por la Ley Nº 2717) y
- Civil
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable
- En virtud del art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
