Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0543/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0543/2012

    Fecha: 20-Dic-2012

    Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia anule obrados hasta el vicio más antiguo

    Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia anule obrados hasta el vicio más antiguo hasta tanto se eleve en revisión la Sentencia y por otro lado pidió, en cuanto a la fundamentación de fondo, que revoque totalmente la Sentencia y el Auto de Vista
    • VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs
    • En grado de apelación interpuesta por la parte demandada (fs
    • Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de
    • De otro lado, en el fondo acusó que el Auto de Vista refirió que la
    • Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia anule obrados hasta el vicio más antiguo
    • CONSIDERANDO II:No obstante que el recurso denota una falta de técnica jurídica y cumplimiento de
    • Según lo anotado, resulta inviable la nulidad de obrados pretendida
    • Por otra parte, en cuanto al recurso de casación en el fondo que arguye interpretación
    • En este contexto, en el caso sub lite se observa que la parte demandada no
    • Consiguientemente y en mérito de estas consideraciones, al no ser ciertas las infracciones acusadas por
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • ?? ?? ?? ??

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca