Auto Supremo AS/0018/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0018/2012

Fecha: 09-Feb-2012

Del memorial que cursa de fs

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial que cursa de fs. 1040 a 1042 vta., se extraen los siguientes motivos del recurso de casación:
La Sentencia pronunciada por el Tribunal a quo es injusta porque se incurrió en valoración defectuosa de la prueba, se prejuzgó la culpabilidad y no se valoró la prueba de descargo que implica un defecto absoluto previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP, ni se estableció el grado de participación de manera individualizada, resultando que el Auto de Vista impugnado incurrió en incorrecta interpretación doctrinaria, jurídica, legal, pues la simple aplicación no justificada de las agravantes constituyen atentado a los derechos de los imputados, porque no se encuentra justificado y mucho menos aplicados los arts. 44, 45 y 222 del CP.
Al encontrarse prohibida la pena sumatoria en la estructura del Código Penal y su Procedimiento, la Resolución no se encuentra enmarcada a norma penal alguna, habiéndose incurrido en una causal de nulidad