La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
POR TANTO
La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación de fs.1040 a 1042 vta., formulado por Jhonny Alex Urzagaste, en representación de Norah Chambi y Yerko Dávila
La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación de fs.1040 a 1042 vta., formulado por Jhonny Alex Urzagaste, en representación de Norah Chambi y Yerko Dávila
- Expediente: Potosí 5/2012
- Delito: Incumplimiento de contrato y otros
- Por memorial presentado el 6 de enero de 2012, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial que cursa de fs
- El Auto de Vista impugnado se pronunció sobre la apelación de contrario indicando la procedencia
- La Sentencia pronunciada por el Tribunal que el recurrente la considera justa, aunque debió declarar
- El Auto de Vista impugnado resulta ser contradictorio a los Autos Supremos porque aquella resolución
- Analizado el Auto de Vista "Nº 10/2010" (sic), se pronuncia sobre todas las apelaciones en
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el presente caso, del análisis de los actuados procesales, se evidencia que si bien
- Por otra parte, este tribunal no puede soslayar las evidentes confusiones e incongruencias expresadas en
- Al respecto debe enfatizarse que si bien es cierto que el derecho de recurrir se
- En consecuencia, los extremos expuestos demuestran el incumplimiento de los requisitos para la admisibilidad del
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Firmado
