En ese mismo sentido, como correctamente apreciaron los tribunales de instancia, el documento de transferencia
En ese mismo sentido, como correctamente apreciaron los tribunales de instancia, el documento de transferencia de fs. 3 a 4 de obrados, relativo a la venta de una fracción o parcela de 10.000 m2 del mismo bien inmueble que aparentemente habría sido transferido en su totalidad (7 Has. 8390 m2.) por los demandantes Rene Méndez Balcazar y Enriqueta López Vaca a favor de Sunner Valverde De Los Rios, evidencia que los actores a tiempo de suscribir la primera transferencia sobre el total del inmueble no tenían en mente la celebración de ese contrato, sino más bien la celebración de un contrato de préstamo de dinero, en ese sentido la segunda transferencia por 10.000 m2., fue realizada precisamente como dación en pago por la deuda contraída con el ahora demandado, pues no resulta lógico que siendo el demandado propietario de más de 7 hectáreas de terreno como lo demostraría el contrato de fs. 1 a 2, hubiera adquirido posteriormente una parcela de 10.000 m2 de las más de 7 has de las que ya era propietario
- Proceso: Nulidad de Contratos y Cancelación de Inscripción en DD.RR
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra el Auto de Vista emitido en virtud a la apelación planteada por Sunner Valverde
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION
- Por dichas razones solicitó se case el Auto de Vista recurrido y deliberando en el
- Que, en función a los fundamentos expuestos en el recurso de casación y de la
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- Que siendo esos los antecedentes del proceso, tomando en cuenta que la pretensión demandada busca
- Corresponde también precisar que, en términos generales, "la simulación consiste en que el otorgante o
- La simulación entonces resulta ser la voluntad de las partes contratantes dirigida a esconder una
- En el marco de lo expuesto precedentemente, de la revisión de obrados se establece, al
- Ahora bien en base a los hechos expuestos, ciertamente resulta un error que los tribunales
- Sin embargo, se estableció sin lugar a duda que los ahora demandantes a tiempo de
- En virtud a lo expuesto, este Tribunal Supremo, concluye que la nulidad del contrato dispuesta
- Que, en ese sentido, a mayor abundamiento cabe señalar que las declaraciones testifícales de cargo
- En ese mismo sentido, como correctamente apreciaron los tribunales de instancia, el documento de transferencia
- Que, en virtud al principio jura novit curia, corresponde a las partes exponer los hechos
- Consiguientemente los tribunales de instancia al haber declarado probada la demanda por simulación e improbada
- Finalmente, en virtud a la respuesta del recurso de casación, en mérito a la cual
- Por las razones expuestas, se evidencia que los de grado y en especial el auto
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
