Auto Supremo AS/0046/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0046/2012

Fecha: 07-Mar-2012

Finalmente, en virtud a la respuesta del recurso de casación, en mérito a la cual

Finalmente, en virtud a la respuesta del recurso de casación, en mérito a la cual la parte demandante señala que el recurso de casación debería ser declarado improcedente por haber sido interpuesto fuera del plazo previsto por ley, cabe aclarar que el referido recurso presentando por Sunner Valverde De Los Ríos se encuentra dentro del plazo establecido en el Art. 257 del Código de Procedimiento Civil, en virtud a que el computo del plazo de ocho días fijados por el citado Art. 257, se realiza a partir de la notificación con el auto complementario de fs. 178 y no así desde la notificación con el auto de vista