Que, en función a los fundamentos expuestos en el recurso de casación y de la
CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Que, en función a los fundamentos expuestos en el recurso de casación y de la revisión de obrados, se evidencian los siguientes extremos:
1.- Que, de fs. 1 a 2 cursa documento de 12 de marzo 1997, a través del cual los actores Rene Méndez Balcazar y Enriqueta López Vaca suscribieron minuta de transferencia a favor de Sunner Valverde De Los Rios, transfiriéndole el bien inmueble rural, ubicado en el cantón Cotoca, Provincia Andrés Ibáñez del Departamento de Santa Cruz con una superficie de 7 has 8.390 m2, denominado "Quinta Raúl", inscrito en Derechos Reales bajo la Partida Computarizada No. 010274266, Folio No. 155240 de fecha 14 de enero de 1997 del Registro de Propiedad de la Provincia Andrés Ibáñez, adquirido mediante tramite de Consolidación ante el Consejo Nacional de Reforma Agraria expediente No. 0034353B, titulo Ejecutorial No. 29019 del 15 de diciembre de 1992, por la suma de $us. 15.000.00.-, contrato debidamente reconocido
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Que, en función a los fundamentos expuestos en el recurso de casación y de la revisión de obrados, se evidencian los siguientes extremos:
1.- Que, de fs. 1 a 2 cursa documento de 12 de marzo 1997, a través del cual los actores Rene Méndez Balcazar y Enriqueta López Vaca suscribieron minuta de transferencia a favor de Sunner Valverde De Los Rios, transfiriéndole el bien inmueble rural, ubicado en el cantón Cotoca, Provincia Andrés Ibáñez del Departamento de Santa Cruz con una superficie de 7 has 8.390 m2, denominado "Quinta Raúl", inscrito en Derechos Reales bajo la Partida Computarizada No. 010274266, Folio No. 155240 de fecha 14 de enero de 1997 del Registro de Propiedad de la Provincia Andrés Ibáñez, adquirido mediante tramite de Consolidación ante el Consejo Nacional de Reforma Agraria expediente No. 0034353B, titulo Ejecutorial No. 29019 del 15 de diciembre de 1992, por la suma de $us. 15.000.00.-, contrato debidamente reconocido
- Proceso: Nulidad de Contratos y Cancelación de Inscripción en DD.RR
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra el Auto de Vista emitido en virtud a la apelación planteada por Sunner Valverde
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION
- Por dichas razones solicitó se case el Auto de Vista recurrido y deliberando en el
- Que, en función a los fundamentos expuestos en el recurso de casación y de la
- 2
- 3
- Que siendo esos los antecedentes del proceso, tomando en cuenta que la pretensión demandada busca
- Corresponde también precisar que, en términos generales, "la simulación consiste en que el otorgante o
- La simulación entonces resulta ser la voluntad de las partes contratantes dirigida a esconder una
- En el marco de lo expuesto precedentemente, de la revisión de obrados se establece, al
- Ahora bien en base a los hechos expuestos, ciertamente resulta un error que los tribunales
- Sin embargo, se estableció sin lugar a duda que los ahora demandantes a tiempo de
- En virtud a lo expuesto, este Tribunal Supremo, concluye que la nulidad del contrato dispuesta
- Que, en ese sentido, a mayor abundamiento cabe señalar que las declaraciones testifícales de cargo
- En ese mismo sentido, como correctamente apreciaron los tribunales de instancia, el documento de transferencia
- Que, en virtud al principio jura novit curia, corresponde a las partes exponer los hechos
- Consiguientemente los tribunales de instancia al haber declarado probada la demanda por simulación e improbada
- Finalmente, en virtud a la respuesta del recurso de casación, en mérito a la cual
- Por las razones expuestas, se evidencia que los de grado y en especial el auto
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
