Auto Supremo AS/0151/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0151/2012

Fecha: 29-May-2012

Por lo expuesto, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, estas devienen en

Según lo anotado, de la revisión del certificado de fs. 90 expedido por FUNDEMPRESA, se observa que el Instrumento Público Nº 1242/09 de 29 de junio de 2009, fue registrado en dicha institución en el Libro Nº 13, bajo el Nº 119350 el 20 de septiembre de 2011, es decir, en forma posterior al 16 de septiembre de 2011, oportunidad en la que la representante lo presentó conjuntamente al recurso de apelación cuando aún no había sido registrado conforme a ley, denotando este hecho que en el momento de la presentación de la apelación, la apoderada carecía de personería para representar al Grupo Industrial de Bebidas SA, aspectos que fueron correctamente analizados por el tribunal ad quem.
Por lo expuesto, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, estas devienen en infundadas, correspondiendo fallar de acuerdo a las previsiones contenidas en los artículos 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por mandato de los artículos 214 y 297 segundo párrafo de la Ley Nº 1340 de 28 de mayo de 1992