Auto Supremo AS/0182/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0182/2012

Fecha: 27-Jun-2012

Ahora bien conforme lo ha sostenido en forma uniforme la extinta Corte Suprema de Justicia,

Ahora bien conforme lo ha sostenido en forma uniforme la extinta Corte Suprema de Justicia, cuyo criterio es compartido por este Tribunal Supremo, la valoración de las pruebas es una cuestión librada al prudente y sano criterio del juzgador y es incensurable en casación, salvo el caso en que el juzgador hubiera incurrido en error de derecho o de hecho a tiempo de realizar dicha valoración, error que debe ser evidenciando en forma clara y precisa por el recurrente