Auto Supremo AS/0124/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0124/2012

Fecha: 11-Jul-2012

Ante aquella situación, el Tribunal ad quem tenía la obligación de observar la previsión contenida


Ante aquella situación, el Tribunal ad quem tenía la obligación de observar la previsión contenida en el artículo 262 numeral 1) del Código de Procedimiento Civil y negar la concesión del recurso. Por lo expuesto, corresponde resolver dicho recurso en la forma establecida por el artículo 271 numeral 1) y 272 numeral 1) del Código de Procedimiento Civil