Partes:Santiago Calle Cahuasa c/ Hipólito Troche Luna y Ana Roca y otros
Partes:Santiago Calle Cahuasa c/ Hipólito Troche Luna y Ana Roca y otros
- Proceso: Nulidad de poder e instrumentos públicos, reivindicación, pago de daños y perjuicios
- Partes:Santiago Calle Cahuasa c/ Hipólito Troche Luna y Ana Roca y otros
- CONSIDERANDO: que, el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad
- Deducida la apelación por el demandante, la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del
- CONSIDERANDO: que, los demandados Hipólito Troche Luna y Ana Roca, y Shirley Suárez Zabala, en
- Que, el demandado Justo Fernando Valdíz Calderón interpone recurso de casación en el fondo, en
- CONSIDERANDO: que, del análisis y cotejo de los recursos de casación en el fondo se
- En concordancia con dicho dispositivo, el artículo 262 del mismo Código Adjetivo determina que el
- En el caso que nos ocupa, emitido el Auto de Vista Nº 410 de 29
- Ahora bien, computando el tiempo transcurrido desde la notificación con el Auto de Vista hasta
- Ante aquella situación, el Tribunal ad quem tenía la obligación de observar la previsión contenida
- Por lo que, el actuar del juez a quo y del tribunal ad quem, obligan
- POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
- Regístrese notifíquese y devuélvase
- ibro Tomas de Razón 124/2012
