CONSIDERANDO: Que el recurso interpuesto tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1
CONSIDERANDO: Que el recurso interpuesto tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1.- Sustanciado el caso por el Tribunal de Sentencia de Aiquile, provincia Campero del Departamentode Cochabamba, dictó Sentencia Nro. 21 en fecha 20 de diciembre de 2011, declarando a la imputada Basilia Sánchez Amaya, autora del delito de transporte de sustancias controladas, descrito y sancionado por el art. 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, imponiéndole la pena de ocho años de presidio a cumplir en el Penal de San Sebastián mujeres de la ciudad de Cochabamba, más multa de 300 días a razón de 0,50 centavos de boliviano por día (fs. 158 a 165); 2.- La resolución de mérito fue recurrida en apelación restringida por la imputada Basilia Sánchez Amaya (fs.175 a 176), recurso que fue resuelto por Auto de Vista de 2 de mayo de 2012 declarando su improcedencia; lo cual dio origen al recurso de casación que es caso de autos
- DELITO: transporte de sustancias controladas
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Basilia Sánchez Amaya (fs
- CONSIDERANDO: Que el recurso interpuesto tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1
- Que la recurrente acusó que el Tribunal de Alzada no reparó la flagrante violación a
- CONSIDERANDO: Que para la admisibilidad del recurso de casación, resulta menester observar y cumplir con
- Que el acceso a los recursos se encuentra garantizado por el principio de impugnación, cuyo
- Respecto al momento de invocar el o los precedentes contradictorios, la jurisprudencia constitucional, haciendo una
- Por otra parte, de manera extraordinaria, únicamente ante denuncias expresas de vulneración a derechos y/o
- CONSIDERANDO: Que analizados los argumentos expuestos por la recurrente, éste Tribunal concluye: 1) El Recurso
- POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- Regístrese y notifíquese
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