Auto Supremo AS/0181/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0181/2012

Fecha: 30-Jul-2012

De la solicitud: Ambos recursos de manera similar solicitan, se declare su admisibilidad y se


Auto Supremo N° 232 de 14 de abril de 2004, transcribe una fundamentación referida a: "...en su fundamento ha sentado jurisprudencia donde establece que el que trasporte sustancias controladas de un lugar a otro, sin autorización legal sea este terrestre aéreo, lacustre, ferroviario u otro medio se haya penado por Ley, y que este delito queda consumado en el momento en que se descubre e incauta la sustancia controlada, siendo indiferente si llegó o no a su destino ni la distancia recorrida, de este modo le absuelven del delito previsto en el art. 48 con relación a l art, 33 inc. m) de la Ley Nº 1008 y establecieron la pena del delito de descrito en el art. 55 de la Ley 1008".

De la solicitud: Ambos recursos de manera similar solicitan, se declare su admisibilidad y se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se ordene que la Sala Penal dicte nueva resolución conforme a la Doctrina Legal Aplicable