Auto Supremo AS/0181/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0181/2012

Fecha: 30-Jul-2012

No se consideró como atenuante, su escasa formación escolar, que es una persona joven, estudiante


No se consideró como atenuante, su escasa formación escolar, que es una persona joven, estudiante sin ningún tipo de antecedentes policial ni judicial, tampoco se consideró que se sometió voluntariamente al proceso pese a gozar de medidas sustitutivas, no se observó las reglas mínimas de la congruencia en la aplicación de las normas legales y mucho menos la jurisprudencia abundante vinculante y de aplicación obligatoria por existir precedentes contradictorios a seguir por Jueces y Tribunales de la República, siguiendo la línea jurisprudencial sentada por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación