Auto Supremo AS/0216/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0216/2012

Fecha: 19-Jul-2012

En ese contexto, la causal de divorcio prevista en el art

En ese contexto, la causal de divorcio prevista en el art. 130 num. 1) del Código de Familia "Por adulterio o relación homosexual de cualquiera de los cónyuges", tiene un contenido que podría considerarse discriminatorio, toda vez que las relaciones extramatrimoniales que mantenga cualquiera de los cónyuges, con otra persona ajena a su cónyuge sin distinción de género de ésta, deben ser consideradas en general como relaciones adulterinas, pues el espíritu de la norma radica precisamente en sancionar aquella conducta infiel que socava o lesiona los principios en que se sustenta el matrimonio (fidelidad y lealtad)