Recurso de Casación
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION:
Recurso de Casación:
Acusó que se ignoró el art. 391 del Código de Familia que determina que la confesión y el juramento valdrán como simples indicios y que la separación no fue libremente consentida como exige el art. 131 del mismo compilado legal, incurriendo el Tribunal de alzada en error in judicando al haber declarado probada la acción principal
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION:
Recurso de Casación:
Acusó que se ignoró el art. 391 del Código de Familia que determina que la confesión y el juramento valdrán como simples indicios y que la separación no fue libremente consentida como exige el art. 131 del mismo compilado legal, incurriendo el Tribunal de alzada en error in judicando al haber declarado probada la acción principal
- Partes: Ricardo Rodríguez Arauco c/ Maria Elena Santiesteban Aguilar
- Proceso: Divorcio
- Distrito: Cochabamba
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- A consecuencia de dicha resolución la parte demandada interpuso recurso de apelación, el mismo luego
- Contra esa Resolución de alzada la demandada recurrió en casación
- Recurso de Casación
- Indicó que el Ad quem al determinar la culpabilidad de ambos esposos no ha considerado
- Continuó fundamentando que, no existe suficiente prueba que sustente la demanda principal, volviendo a mencionar
- Además, indicó que su separación no fue voluntaria, consentida mucho menos libre y que se
- Mencionó que el Ad quem al declarar la extinción de la acción por relación homosexual
- Terminó peticionando que se Case el Auto de Vista y se declare Improbada la demanda
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION
- En el caso de Autos la pretensión expuesta por el recurrente resulta ambigua y general
- Todas estas declaraciones no prueban que el actor tendría una relación homosexual con quien se
- Por lo dicho, de las declaraciones testificales se tiene que los ven a los dos
- Por otro lado, con relación a la infracción al art
- Esta simple separación que por el tiempo que duró la misma ha sido consentida, aceptada
- Estos antecedentes y las declaraciones testificales de cargo de fs
- Que, conforme prevé el art
- En ese contexto, la causal de divorcio prevista en el art
- Por las razones expuestas, no siendo evidentes los agravios formulados por la parte recurrente, corresponde
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
