Auto Supremo AS/0200/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0200/2012

Fecha: 07-Ago-2012

De conformidad a lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley de Fianza Juratoria


De conformidad a lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley de Fianza Juratoria de 2 de febrero de 1996, el artículo 299 del cuerpo adjetivo penal fue modificado en los siguientes términos: "habrá lugar al recurso de nulidad o casación contra los autos de vista dictados por los tribunales de segunda instancia que confirmen, revoquen o anulen las sentencias de primera instancia, y los que disponen la suspensión condicional de la pena", entre las que no se encuentra el Auto de Vista que resuelve incidentes como el de extinción de la acción penal