Auto Supremo AS/0275/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0275/2012

Fecha: 03-Ago-2012

Por otro lado, indicó que debe tomarse en cuenta lo establecido por el artículo 9

Por otro lado, indicó que debe tomarse en cuenta lo establecido por el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 27991, por lo que, el SENASIR al subsumir la norma al presente caso concreto aplicó la Ley adecuadamente y como consecuencia la Comisión de Calificación de Rentas mediante Resolución Nº 2933 de 5 de mayo de 2010 cursante a fs. 75, estableció el recálculo de la renta única de vejez al 100% de su promedio salarial, más incrementos de Ley a partir de septiembre de 1997