Auto Supremo AS/0215/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0215/2012

Fecha: 17-Sep-2012

Agrega además, que analizada la prueba presentada por la actora, se puede afirmar que los


Agrega además, que analizada la prueba presentada por la actora, se puede afirmar que los puntos establecidos en el Auto de fojas 17 vuelta (de relación procesal), no han sido acreditados con prueba alguna, ya que la actora dentro del plazo probatorio no aportó ningún elemento de prueba, sino que se remitió simplemente a ratificar algunos documentos presentados junto a la demanda, y esta prueba no acredita la supuesta ruptura intempestiva de vínculo laboral que demanda la actora, por lo que la Sentencia ha sobrevalorado el alcance legal y jurídico de la misma, y el Auto de Vista al confirmarla, ha caído en la misma errónea apreciación de la prueba, violándose el artículo 376 del Código de Procedimiento Civil, norma de orden público y cumplimiento obligatorio y que regula la pertinencia y admisibilidad de la prueba