CONSIDERANDO: Que el representante legal de AEROSUR S
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 341
Sucre, 13/09/2012
Expediente: 142/2012-A
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de compulsa formalizado por Ricardo Parada Barbery en representación de la Compañía Boliviana de Transporte Aéreo Privado AEROSUR S.A., los antecedentes adjuntos, el informe del Magistrado Antonio Campero Segovia, en ejercicio de la Semanería, y
CONSIDERANDO: Que el representante legal de AEROSUR S.A., hace conocer a esta Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia que la empresa a la cual representa interpuso demanda contencioso-tributaria el 30 de diciembre de 2011, causa que fue radicada en el Juzgado 2º Administrativo, Tributario y Coactivo de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra
Auto Supremo Nº 341
Sucre, 13/09/2012
Expediente: 142/2012-A
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de compulsa formalizado por Ricardo Parada Barbery en representación de la Compañía Boliviana de Transporte Aéreo Privado AEROSUR S.A., los antecedentes adjuntos, el informe del Magistrado Antonio Campero Segovia, en ejercicio de la Semanería, y
CONSIDERANDO: Que el representante legal de AEROSUR S.A., hace conocer a esta Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia que la empresa a la cual representa interpuso demanda contencioso-tributaria el 30 de diciembre de 2011, causa que fue radicada en el Juzgado 2º Administrativo, Tributario y Coactivo de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra
- CONSIDERANDO: Que el representante legal de AEROSUR S
- La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia mediante Auto de Vista Nº
- 2
- 3
- 5
- 6
- CONSIDERANDO: Que el recurso de compulsa previsto por el artículo 283-3 del Código de Procedimiento
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Secretario de Cámara de Sala Social y Adm.
