Auto Supremo AS/0341/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0341/2012

Fecha: 13-Sep-2012

La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia mediante Auto de Vista Nº

Que el Juez de la causa mediante providencia de 31 de diciembre de 2011 observó la demanda planteada, y ordenó se presente la diligencia de notificación con la Resolución Determinativa impugnada y se dé cumplimiento al artículo 10 de la Ley Nº 212 de 23 de diciembre de 2011. Dentro del plazo legal, acompañaron la diligencia de notificación extrañada e interpusieron recurso de reposición respecto al cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley Nº 212, recurso de reposición que fue resuelto por Auto de 19 de enero de 2011, que confirmó en su totalidad la providencia de 31 de diciembre de 2011, concediendo el recurso de apelación.
La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia mediante Auto de Vista Nº 008 de 9 de abril de 2012 confirmó el Auto de 19 de enero de 2011 pronunciado por la Juez de primer grado; frente a esa situación, la compañía que representa interpuso recurso de casación que fue rechazado mediante Auto de 4 de mayo de 2012 arguyendo que al tratarse de un proceso en efecto devolutivo (sic), no se encuentra previsto en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil complementado por el artículo 26 de la Ley Nº 1760 y el artículo 518 del Código de Procedimiento Civil