Auto Supremo AS/0352/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0352/2012

Fecha: 25-Sep-2012

No encontrándose entre ellas la referida al contrato de arrendamiento, que tiene carácter eminentemente civil

No encontrándose entre ellas la referida al contrato de arrendamiento, que tiene carácter eminentemente civil y no administrativo. Con respecto a esto el recurrente en contradicción de su afirmación demandó la nulidad de este "contrato" reconociendo la vía ordinaria para su tramitación como es correcto; debiendo aclararse además que dejando de lado cualesquier reclamo se sometió a las reglas de ese contrato de carácter civil, cumpliendo en principio con las estipulaciones contenidas en la misma, al ingresar a la propiedad "San Carlitos" y realizar los trabajos como la siembra, la utilización de maquinarias, herramientas, equipos e instalaciones, además de la utilización de los Silos Sachojere, como el mismo recurrente lo ha reconocido; entendemos en la convicción que los contratos tienen fuerza de ley entre partes suscribientes, incumpliendo sin embargo con el pago del canon de alquileres, lo que motivó a la Prefectura del departamento del Beni a resolver el contrato por esa falta por parte de la empresa