Auto Supremo AS/0357/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0357/2012

Fecha: 25-Sep-2012

Con respecto a la separación del inmueble de la masa de quiebra, se remiten a

Con respecto a la separación del inmueble de la masa de quiebra, se remiten a lo dispuesto por el Juez Primero de Partido que en su Sentencia de 19 de noviembre de 1992, donde, declaró improbada la demanda de resolución de contrato de compra venta del inmueble, indicando que no existe vínculo jurídico entre los suscribientes por no existir la firma del comprador Máximo Torrico Moya y no surte efectos legales, Sentencia que tiene el alcance del art. 194 del Código de Procedimiento Civil; indicando que siguen siendo dueños del inmueble conforme a dicha Sentencia. Concluyendo que nada tenían que ver en el proceso de quiebra