DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
Contra esa resolución de segunda instancia, recurre de casación en el fondo la parte demandante, el mismo que se analiza.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Indica que los Tribunales de instancia establecieron que no hubieran demostrado su condición de propietarios del inmueble motivo de la litis, menos hubieran demostrado que ellos hubiesen estado en posesión del inmueble, mucho menos no hubiesen accionado en el proceso de quiebra la separación de su inmueble, hechos que fueron probados y no valorados por el Tribunal de Alzada, conforme a su título de propiedad que se encuentra a fs. 5 y que consiste en una certificación expedida por la oficina de Derechos Reales que acredita que su título se encuentra registrado en la Partida Nro. 428 del Libro Primero A de Propiedad del Cercado de 19 de febrero de 1977, documento reconocido por el art. 1309 y 1538 del Código Civil
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Indica que los Tribunales de instancia establecieron que no hubieran demostrado su condición de propietarios del inmueble motivo de la litis, menos hubieran demostrado que ellos hubiesen estado en posesión del inmueble, mucho menos no hubiesen accionado en el proceso de quiebra la separación de su inmueble, hechos que fueron probados y no valorados por el Tribunal de Alzada, conforme a su título de propiedad que se encuentra a fs. 5 y que consiste en una certificación expedida por la oficina de Derechos Reales que acredita que su título se encuentra registrado en la Partida Nro. 428 del Libro Primero A de Propiedad del Cercado de 19 de febrero de 1977, documento reconocido por el art. 1309 y 1538 del Código Civil
- Auto Supremo : 357/2012
- Expediente: CB-62-12-S
- Partes: Fernando Vargas Maldonado y Wilma Manuelita Balderrama de Vargas c/ ORCOBOL. S.R.L
- Proceso: Reivindicación
- Distrito: Cochabamba
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Con relación a la reivindicación indicó que no se valoró la prueba testifical cursante en
- Con respecto a la separación del inmueble de la masa de quiebra, se remiten a
- Peticionando en virtud a lo fundamentado que el Tribunal Supremo de Justicia Case el Auto
- Que, así expuestos los antecedentes del recurso de casación en el fondo se tiene lo
- Con respecto a la reivindicación diremos que es la recuperación de una cosa propia, luego
- Según Cabanellas, la reivindicación se refiere a toda clase de cosas: muebles e inmuebles, corporales
- De todo lo anotado se hace evidente que Fernando Vargas Maldonado y Wilma Manuelita Valderrama
- En consecuencia por los fundamentos expuestos los Tribunales de instancia al haber declarado improbada la
- POR TANTO: La Sala Civil de Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
