Auto Supremo AS/0358/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0358/2012

Fecha: 25-Sep-2012

Mencionó que la cláusula cuarta del documento de fs

Mencionó que la cláusula cuarta del documento de fs. 7 a 8, en ninguna parte de su tenor o del documento tienden a modificar el plazo de entrega de la obra o sujetarla a alguna condición. Con referencia a la Cláusula Quinta del Adendum de fs. 1 y vlta indicó que existe una multa de $us. 1000 por cada mes de retraso, en caso de incumplimiento, hecho también demostrado por el documento de febrero de 2007 donde se evidencia que no se avanzó nada, hecho tampoco analizado por los Tribunales de instancia; de la misma forma continuó acusando como error de hecho la no valoración de las cláusulas 3 y 4 del documento de fs. 7 a 8 mencionando que en dichas cláusulas se acredita que dichas obligaciones se encontraban sujetas a término y no a condición