Auto Supremo AS/0249/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0249/2013-RA

Fecha: 02-Oct-2013

2)Por otro lado denuncia: “Violación al derecho de defensa y del debido proceso al ordenar


2)Por otro lado denuncia: “Violación al derecho de defensa y del debido proceso al ordenar prosecución de juicio oral sin respetar los principios de celeridad y continuidad” (sic), señalando que el Auto Supremo 167 de 6 de febrero de 2007, regula el principio de celeridad, por el que no se permite distorsiones del procedimiento ni demoras más allá de los plazos razonables; siendo que en el presente caso, el juicio oral empezó el 15 de septiembre de 2009, suspendiéndose indefinidamente con el argumento de que la etapa investigativa no habría concluido, señalándose, a pedido del Ministerio Público, audiencia de juicio para el 14 de diciembre de 2009, y producto de esa retardación, el Tribunal de sentencia cambió su criterio de juzgar el delito de Transporte de Sustancias Controladas por el de Tráfico; empero, el Tribunal de alzada señaló que ese extremo debía ser reclamado en el Tribunal de sentencia, sin referirse en lo absoluto al principio de legalidad, omitiendo respaldar su resolución en el marco del art. 335 del CPP, no siendo convalidable conforme el precedente que invoca, pues incide directamente en la integridad del proceso, doctrina contravenida por el Tribunal de alzada, así como los expresados por Autos Supremos 239 de 1 de agosto de 2006 y 37 de 27 de enero de 2007