Auto Supremo AS/0249/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0249/2013-RA

Fecha: 02-Oct-2013

La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el


En tal sentido y reiterando en que estas falencias no pueden ser suplidas de oficio, se concluye que éste Tribunal se encuentra impedido de ingresar al examen de los fundamentos referidos por los recurrentes, por lo que este recurso resulta inadmisible.

POR TANTO

La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Ángela Espinoza Quenta de fs. 572 a 574 vta., únicamente respecto del primer motivo identificado en la presente Resolución; e, INADMISIBLE el recurso de casación cursante de fs. 593 a 596 vta., formulado por Apolinar Adolfo Condori Condori e Hilda Chungara de Condori. En cumplimiento del segundo párrafo del citado artículo, por Secretaría de Sala hágase conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo