Auto Supremo AS/0249/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0249/2013-RA

Fecha: 02-Oct-2013

5)Finalmente reclaman, violación del debido proceso por no calificar debidamente la conducta de la imputada


5)Finalmente reclaman, violación del debido proceso por no calificar debidamente la conducta de la imputada Hilda Chungara Arancibia de Condori, ya que refieren, su participación en el hecho fue nula, no se tomó en cuenta que la responsabilidad penal es de acto y no de apreciaciones subjetivas por el sólo hecho de encontrar libretas de anotaciones, que no le corresponde y menos está su letra, habiendo entregado dicha libreta el imputado Apolinar al ser descubierto, por lo que debería calificarse esa conducta como acto de encubrimiento de una esposa, tal como fue entendido en el Auto Supremo 233 de 4 de julio de 2006, ratificado por los Autos Supremos 307 de 25 de agosto de 2006 y 716 de 25 de noviembre de 2004