Auto Supremo AS/0256/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0256/2013-RA

Fecha: 11-Oct-2013

Ahora bien, en el recurso en examen, se tiene que en los motivos primero y


Ahora bien, en el recurso en examen, se tiene que en los motivos primero y segundo [identificados en los incs. 1) y 2) del acápite II del presente Auto Supremo], el recurrente al igual que en anterior oportunidad, denuncia la existencia de defectos absolutos por errónea aplicación de la ley sustantiva y la insuficiente y contradictoria fundamentación de la Sentencia, sin cumplir con la carga procesal de invocar el precedente contradictorio; por ende, sin explicar cuál la situación de hecho similar y principalmente en qué consistiría la contradicción de algún precedente, en relación a lo determinado en el Auto de Vista impugnado, conforme a la exigencia establecida en el art. 416 del CPP, para que este Tribunal, en caso de ser evidente la denuncia efectuada, proceda a enmendar posibles errores y omisiones cometidas por el Tribunal de apelación; teniendo en cuenta que estos requisitos resultan ineludibles para disponer la admisibilidad del recurso, al constituirse en una obligación que tiene trascendental importancia, pues de su observancia, partirá el análisis de contradicción a efectuarse en una resolución de fondo