Asimismo, a fin de examinar el cumplimiento de los demás requisitos de admisión, esta Sala
Asimismo, a fin de examinar el cumplimiento de los demás requisitos de admisión, esta Sala observa que en el proceso penal que se analiza, el recurrente, en anterior oportunidad, interpuso recurso de casación contra el Auto de Vista 254/12 de 9 de julio de 2012, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, punto a partir del que se desprenden dos situaciones: i) El Auto Supremo 282/2012-RA de 7 de noviembre, al admitir aquel recurso delimitó el ámbito de análisis de fondo del recurso planteado, al reclamo relativo a lesión al derecho de petición y al debido proceso en su vertiente de motivación de las resoluciones judiciales, quedando al margen el resto de los motivos alegados al no cumplir con los requisitos de admisibilidad previstos en los arts. 416 y 417 del CPP; y, ii) El Auto Supremo 319/2012-RRC de 4 de diciembre, que resolvió el fondo del recurso, se pronunció sobre el reclamo de presunta lesión al derecho a la petición al debido proceso, dejando sin efecto el Auto de Vista 254 de 9 de julio de 2012, estableciendo doctrina legal relativa a la motivación de las resoluciones judiciales al constatar que el Tribunal de alzada, no cumplió con la debida fundamentación ni motivación respecto a las denuncias de valoración defectuosa de la prueba de la sentencia y de existencia de defectos absolutos por errónea aplicación de la ley sustantiva e inobservancia de la norma adjetiva
- Por memorial presentado el 30 de agosto de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- Se extraen los siguientes
- Señala que en el art
- 2)Como segundo motivo, bajo el epígrafe de: “DEFECTOS ABSOLUTOS POR FUNDAMENTACIÓN INSUFICIENTE Y CONTRADICTORIA Y
- En esta dirección señala que dentro del recurso de apelación restringida invocó defecto absoluto
- 3)Dentro del tercer motivo extractado del recurso, se tiene la aseveración de que el Auto
- Con iguales argumentos, indica que el Auto de Vista impugnado, no brinda una clara respuesta
- Bajo el rótulo de: “PRECEDENTES CONTRADICTORIOS QUE FUNDA EL PRESENTE RECURSO” (sic), el recurrente señala
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto al plazo de presentación del recurso, se tiene que notificado el recurrente con
- Asimismo, a fin de examinar el cumplimiento de los demás requisitos de admisión, esta Sala
- Ahora bien, en el recurso en examen, se tiene que en los motivos primero y
- Asimismo, este Tribunal no puede dejar de pronunciarse sobre el texto del recurso en examen
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
