En cuanto al segundo motivo, ocurre similar relación a la precedente, pues de manera escueta
En cuanto al segundo motivo, ocurre similar relación a la precedente, pues de manera escueta se sugiere una presunta inadecuada subsunción de los hechos al tipo penal, arguyendo que esto constituyese defecto de sentencia conforme el art. 370 inc. 1) del CPP; empero, el recurrente no señala los hechos que hubieran sido inadecuadamente subsumidos, menos aún se argumenta cuál la parte dentro de la estructura del tipo penal que adolezca de aquella falencia; sumado a lo anterior, en este motivo no se cumplió con la invocación del o los precedentes contradictorios habilitantes para la consideración de fondo de este motivo
- Por memorial presentado el 2 de septiembre de 2013, de fs
- En cuanto al coimputado Antonio Chávez Gutiérrez, la Sentencia determinó declarar su absolución, por cuanto
- c)Notificado el imputado con el Auto de Vista recurrido el 26 de agosto de 2013
- 1)Como primer motivo de reclamo en casación, el recurrente manifiesta incongruencia entre la acusación y
- 3)En el tercer motivo, el recurrente denuncia que el Auto de Vista que impugna fue
- En este mismo orden, el recurrente expone que si bien el art
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sobre el plazo de interposición, se tiene que el recurrente, fue notificado con el Auto
- Por otra parte, en el análisis de los restantes requisitos de admisibilidad, se evidencia que
- En cuanto al segundo motivo, ocurre similar relación a la precedente, pues de manera escueta
- En el análisis del tercer motivo, se tiene la queja que la pena máxima de
- Asimismo dentro de este mismo motivo, no es coherente, la denuncia de existencia de defecto
- En consecuencia, la forma inadecuada de formular el recurso, hace que este Tribunal no tenga
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
