En el primer motivo identificado como inc
Ahora bien, de la revisión del contenido del memorial de recurso de casación, se evidencia que la parte recurrente en cumplimiento de los requisitos previstos por la norma procesal penal, desarrollados ampliamente en el acápite anterior; ha cumplido con la carga procesal de invocar los precedentes que en su criterio resultan contradictorios con relación al Auto de Vista impugnado y de establecer de manera fundada el sentido jurídico contradictorio entre las resoluciones, de acuerdo al siguiente detalle:
En el primer motivo identificado como inc. a) del acápite II de esta Resolución, el recurrente denuncia la falta de legitimación del abogado y apoderado del SIN para interponer el recurso de apelación restringida; señalando respecto a este motivo, que el Auto de Vista impugnado es contrario a los Autos Supremos 177 de 27 de mayo de 2005 y 263/2012-RA de 19 de octubre, pues el primero estableció la necesidad de que el poder sea suficiente y el segundo determinó que el abogado particular carece de legitimación activa para interponer recurso en representación de su defendido, por no ser la persona directamente afectada con los supuestos agravios que contendría el Auto de Vista recurrido
- Por memorial presentado el 6 de septiembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, Jesús Saramani Estrada en representación legal de la Gerencia Distrital Santa
- c)Notificado el imputado el 19 de julio de 2013 (fs
- Del memorial que cursa de fs
- En ese ámbito, sostiene que esta actuación contradice la doctrina legal aplicable contenida en el
- 2)También sostiene el recurrente que el Auto de Vista impugnado vulneró el debido proceso, al
- De igual modo, la Resolución impugnada de manera ultra petita realizó una errónea interpretación del
- 3)Refiere que el Auto de Vista revalorizó prueba, pues el Tribunal de apelación pese a
- 4)El Auto de Vista provocó retardación de justicia al anular una Sentencia debidamente motivada contradiciendo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- En el caso presente, el recurso fue interpuesto dentro del plazo legal, dado que el
- En el primer motivo identificado como inc
- En el segundo motivo precisado en el inc
- En el tercer motivo señalado como inc
- Por último, en el cuarto motivo identificado como inc
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
