Auto Supremo AS/0280/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0280/2013-RA

Fecha: 31-Oct-2013

De la revisión del recurso de casación se constata que la recurrente cumplió con el


No obstante lo señalado, esta Sala no puede soslayar el hecho de que el recurrente acusa la vulneración de sus derechos a la defensa, al debido proceso y al derecho de recurrir, argumentando que el Tribunal de alzada no se pronunció respecto a todos los motivos en los que fundó su recurso de apelación restringida, incurriendo en criterio del recurrente en una evidente incongruencia omisiva y deber de fundamentación, lo que implicaría la posible existencia de un vicio absoluto; a ese efecto, el recurrente, identifica tres temáticas que no hubiesen merecido pronunciamiento por parte del Tribunal de alzada, por lo que ante la necesidad de precautelar derechos y garantías constitucionales, corresponde la admisión del presente recurso vía flexibilización.

IV.2. Del recurso de casación de Neva Portocarrero Vda. de Sanjinez

De la revisión del recurso de casación se constata que la recurrente cumplió con el primer requisito de forma relativo al plazo para la interposición del recurso, toda vez que fue formulado dentro del plazo de los cinco días, al haber sido notificada con el Auto de Vista el 13 de septiembre de 2013, e interpuesto el recurso de casación el 20 del mismo mes y año