Auto Supremo AS/0622/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0622/2013

Fecha: 08-Oct-2013

Más aun considerando que el artículo 4 de la citada disposición legal que modificó el

Más aun considerando que el artículo 4 de la citada disposición legal que modificó el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 11478 de 16 de mayo de 1974, anota: “Los derechos adquiridos por las trabajadoras y los trabajadores cada cinco (5) años, serán acumulados, por lo que, la pérdida de sus beneficios sociales en aplicación de las causales señaladas en el Artículo 16 de la Ley General del Trabajo y Artículo 9 de su Decreto Reglamentario, sólo se aplicará al quinquenio vigente sin afectar los anteriores”, norma que establece que en caso de despido con causa justificada sólo se afectará al quinquenio vigente