Auto Supremo AS/0309/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0309/2013-RA

Fecha: 22-Nov-2013

Intitulando “INVOCO CONTRADICCIÓN CON PRECEDENTE” (sic), señala que la Corte Suprema de Justicia de la


Intitulando “INVOCO CONTRADICCIÓN CON PRECEDENTE” (sic), señala que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ahora Tribunal Supremo de Justicia: “…reconoce casos como el actual, en el que existió una mala valoración de la prueba al considerarla INSUFICIENTE, los precedentes jurisprudenciales y la misma ley, mandan al tribunal de alzada a no VALORAR LA PRUEBA, hecho que está reservado a los jueces y Tribunales que conocen el juicio oral, correspondiendo en todo caso anular la sentencia y reenviar el caso para su conocimiento por otro juez o tribunal de sentencia…” (sic); cita como jurisprudencia los Autos Supremos 47 de 28 de enero de 2003, 240 de 6 de julio de 2006, 307 de 11 de junio de 2003 y 119 de 20 de abril de 2006; además, hace constar que en el recurso de apelación restringida señaló como precedentes contradictorios los Autos Supremos 233/2006 de 4 de julio, 276/2004 de 26 de noviembre, referentes al cumplimiento del debido proceso y valoración de la prueba; y los Autos Supremos 21/2012-RRC de 14 de febrero, 383 de 26 de septiembre de 2005, 215 de 28 de junio de 2006, 43 de 27 de enero de 2007 y 166 de 12 de mayo de 2005