Por memorial presentado el 18 de septiembre de 2013, cursante de fs
SALA PENAL SEGUNDA
Auto Supremo Nº 309/2013-RA Sucre, 22 de noviembre de 2013
Expediente: Santa Cruz 35/2013
Partes: Ministerio Público y otro c/ Federico Gregorio Ortiz Martínez
Delito: Lesiones Graves y Leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de septiembre de 2013, cursante de fs. 866 a 870, Federico Gregorio Ortiz Martínez interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 130 de 16 de agosto de 2013 de fs. 834 a 839, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Máximo Yucra Yucra contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271 del Código Penal (CP)
Auto Supremo Nº 309/2013-RA Sucre, 22 de noviembre de 2013
Expediente: Santa Cruz 35/2013
Partes: Ministerio Público y otro c/ Federico Gregorio Ortiz Martínez
Delito: Lesiones Graves y Leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de septiembre de 2013, cursante de fs. 866 a 870, Federico Gregorio Ortiz Martínez interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 130 de 16 de agosto de 2013 de fs. 834 a 839, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Máximo Yucra Yucra contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 18 de septiembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificadas las partes con el referido Auto de Vista, se formuló el recurso de casación
- Del memorial de fs. 866 a 870, se extraen los siguientes motivos
- 2)Intitulando “EQUÍVOCA VALORACIÓN DE LA PRUEBA” (sic), señala que, toda la prueba de cargo obtenida
- Intitulando “INVOCO CONTRADICCIÓN CON PRECEDENTE” (sic), señala que la Corte Suprema de Justicia de la
- Concluye pidiendo que, se admita el presente recurso y se deje sin efecto el Auto
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Estando precisados en el acápite que precede, los requisitos de admisibilidad que necesariamente deben cumplirse;
- Del acápite II de ésta Resolución, se advierte que el recurrente identificó dos motivos que
- La omisión advertida evita que este Tribunal Supremo pueda ingresar a considerar el recurso deducido,
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
