ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano.
FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas (Presidente)
Jorge Isaac Von Borries Méndez.
ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano.
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el Banco Unión S
- Sustanciado el juicio oral y ordinario, el Juzgado de Sentencia Nro
- Posteriormente, en cumplimiento del Auto Supremo descrito precedentemente, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental
- Que la entidad recurrente, en el memorial del recurso de casación, expone los siguientes motivos
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- Que para la admisibilidad del recurso de casación, se debe cumplir con las condiciones formales
- Que analizados los argumentos expuestos por la entidad recurrente, éste Tribunal Supremo considera
- II
- En ese sentido, con relación al Auto Supremo Nro
- En consecuencia, de lo referido precedentemente se deduce que el recurso de casación interpuesto,
- POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional
- Por Secretaría de Sala, remítase copias legalizadas de la Sentencia, el Auto de Vista
- Regístrese y notifíquese
- ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano.
