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Finalmente, aludiendo que el incidente es una cuestión diferente a la causa principal del proceso, solicita se anule obrado hasta el vicio más antiguo, es decir hasta la notificación con el acta de designación como defensora de oficio a la Abogada Patricia Miranda Mollinedo.
2. Empleado el trámite previsto por el art. 152 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al caso al tenor del art. 355 del Código de Procedimiento Penal de 1972, mediante providencia de fecha 11 de octubre de 2013, se notificó a las partes para que contesten dentro del término de tres días
2. Empleado el trámite previsto por el art. 152 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al caso al tenor del art. 355 del Código de Procedimiento Penal de 1972, mediante providencia de fecha 11 de octubre de 2013, se notificó a las partes para que contesten dentro del término de tres días
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- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Secretario de Sala Plena
