Auto Supremo AS/0548/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0548/2013

Fecha: 01-Nov-2013

POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida

POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el artículo 42 numeral 1) y disposición transitoria octava de la Ley del Órgano Judicial, ANULA obrados hasta fojas 144 inclusive, es decir, hasta el estado que la jueza a quo desestime in limine la excepción perentoria de fojas 143 y vuelta, debiendo continuar el tramite de la causa conforme a las reglas del debido proceso