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    Auto Supremo AS/0548/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0548/2013

    Fecha: 01-Nov-2013

    Regístrese, comuníquese y devuélvase

    Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Proceso: Cumplimiento de Obligación y otros
    • CONSIDERANDO: que, la Jueza Sexto de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad
    • En grado de apelación, la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial
    • Esta resolución superior dio lugar al recurso de Casación en el Fondo interpuesto por la
    • CONSIDERANDO: que, el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, faculta al Juez o Tribunal
    • Que, en función a esta facultad fiscalizadora, de la revisión de obrados, este Tribunal Supremo
    • En efecto, inicialmente de la revisión de los actuados procesales, se tiene lo siguiente, que
    • De igual manera, se evidencia que, a fojas 59 de obrados la demandada Placida Vélez
    • Esta situación irregular fue admitida y declarada probada en sentencia por la autoridad judicial, la
    • Por lo que corresponde regularizar procedimiento, anulando obrados, como dispone el artículo 254 numeral 7)
    • POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
    • No siendo excusable el actuar negligente de la jueza a quo y del tribunal ad
    • Cumpliendo lo previsto por el artículo 17-IV de la Ley del Órgano Judicial comuníquese la
    • Fue de voto disidente la Magistrada Dra. Elisa Sánchez Mamani
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Libro Tomas de Razón 548/2013

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